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Entre Ríos promulgó la ley que prohíbe el ingreso de deudores alimentarios a eventos masivos y casinos

La Ley fue publicada en el Boletín Oficial y establece restricciones para quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios. La aplicación de los controles será progresiva y requerirá la intervención de los organismos correspondientes.

26 de Octubre de 2026
El Gobierno promulgó la Ley N° 11.326.
El Gobierno promulgó la Ley N° 11.326.

El Gobierno de Entre Ríos promulgó la Ley N° 11.326, que modifica el régimen del Registro de Deudores Alimentarios e incorpora restricciones para el ingreso de personas con incumplimientos alimentarios acreditados a determinados espectáculos y salas de juego. La norma fue publicada en el Boletín Oficial N° 28.443.

 

La medida alcanza a eventos culturales y deportivos masivos, espectáculos tarifados y casinos de la provincia. El objetivo es incorporar nuevas herramientas para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones alimentarias por parte de quienes se encuentren incluidos en el registro.

 

La iniciativa había recibido media sanción en la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y obtuvo la sanción definitiva en el Senado en octubre de este año. Con su promulgación, se formalizó el nuevo marco normativo, aunque su aplicación deberá avanzar de acuerdo con los mecanismos previstos para cada ámbito.

 

Controles en eventos y espectáculos

 

La ley establece la participación de los municipios adheridos en la implementación de los controles para el ingreso a eventos alcanzados por la normativa. En ese sentido, dispone que los gobiernos locales deberán informar a los organizadores sobre el requisito establecido.

 

El texto legal señala que "a tal fin, los Municipios adheridos a esta ley, informarán a los organizadores de los eventos de éste requisito, quienes deberán solicitar el certificado registral". De esta manera, la verificación de la situación registral formará parte de los procedimientos previstos para el acceso a las actividades comprendidas.

 

La aplicación de esta disposición dependerá de la adhesión municipal y de los mecanismos que se establezcan para llevar adelante los controles. La norma incorpora así a los organizadores de eventos entre los actores que deberán intervenir en la verificación del cumplimiento del requisito.

 

Restricciones en casinos y salas de juego

 

La legislación también establece una prohibición expresa para el ingreso de personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios a las salas de juego y casinos de Entre Ríos. El alcance de la medida comprende al sector provincial vinculado con las apuestas y el entretenimiento.

 

En ese apartado, la norma dispone que "las Salas de Juego y Casinos de la Provincia de Entre Ríos deberán prohibir la entrada a quienes se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios". La restricción se incorpora como parte de las medidas previstas para quienes mantienen incumplimientos alimentarios acreditados.

 

Para poner en funcionamiento el sistema de control, la ley contempla una instancia de coordinación entre el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS), o el organismo que lo reemplace en el futuro, y las autoridades responsables del registro. La implementación de las restricciones deberá ajustarse a los procedimientos que se definan para ese ámbito.

 

Aplicación progresiva de la ley

 

El texto promulgado establece que la puesta en marcha de los controles en las salas de juego se realizará de manera progresiva y mediante el trabajo conjunto entre los organismos involucrados. En particular, prevé la intervención del IAFAS y de las autoridades del Registro de Deudores Alimentarios.

 

Al respecto, la ley indica que "La implementación se hará de forma progresiva y conjuntamente entre el I.A.F.A.S o el organismo que en un futuro lo reemplace y las autoridades del mencionado Registro". El esquema busca establecer la coordinación necesaria para verificar las inscripciones y aplicar las restricciones de acceso. Asimismo, la normativa señala que "la forma de implementación se realizará por reglamentación de los organismos intervinientes según cada caso". Por lo tanto, los procedimientos concretos para hacer efectiva la prohibición deberán definirse a través de las reglamentaciones correspondientes.

 

Con la promulgación de la Ley N° 11.326, Entre Ríos formalizó nuevas restricciones para las personas incluidas en el Registro de Deudores Alimentarios. La aplicación efectiva de las medidas dependerá de la reglamentación y de la intervención de los municipios y organismos competentes en cada ámbito.

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