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Un jurado popular absolvió dos imputados por homicidio simple en Concordia

Luego de tres jornadas de debate, se declaró como "no culpables" a los imputados en una causa por homicidio simple.

22 de Octubre de 2026
Los imputados fueron absueltos.
Los imputados fueron absueltos.

Fueron absueltos dos hombres imputados por Homicidio simple en Concordia

 

Luego de tres jornadas de debate, un jurado popular reunido este jueves en Concordia declaró no culpables a los dos hombres que fueron imputados en el marco del legajo "Heis, Ángel Marcos-Heis, Johann Nazareth s/ Homicidio simple".

Veredicto

 

 

Conocido el veredicto del jurado en el salón de la Sección Concordia del Colegio de la Abogacía, el juez técnico y vocal del Tribunal de Juicio de esa ciudad, Aníbal Lafourcade, dictó la absolución de los imputados, concluyendo así la persecución penal.

 

 

Durante el juicio el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal José Arias, en tanto que los imputados -que llegaron a las audiencias en libertad-, fueron asistidos por los abogados Pablo Palacio y Martín Lombardo.

 

Se trató del juicio por jurados número 172 que se efectuó en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de este sistema de juzgamiento penal.

 

Jurados

 

 

El juicio por jurados en Entre Ríos está regulado por la Ley Provincial N° 10.746 y se aplica a los delitos graves cuya pena máxima en abstracto sea de 20 años o más de prisión o reclusión.

 

Como lo establece la Ley en su artículo 4º, el jurado “estará integrado por 12 miembros titulares y, como mínimo, por cuatro suplentes, y será dirigido por un solo juez penal. El juez podrá ordenar que haya más suplentes de acuerdo a la gravedad, duración y/o complejidad del caso. El panel del jurado titular y suplentes deberá estar integrado siempre por mujeres y hombres en partes iguales”.

 

Características principales

 

• Integración: El jurado se compone de 12 miembros titulares y al menos 4 suplentes, con paridad de género (50% mujeres y 50% varones), y es dirigido por un juez técnico.

 

• Veredicto: La decisión del jurado debe ser unánime.

 

• Carga pública: La participación es obligatoria e irrenunciable para los ciudadanos seleccionados.

 

Requisitos para ser jurado:

 

Tener entre 18 y 75 años.

 

Ser ciudadano argentino.

 

Tener al menos 1 año de residencia en la jurisdicción.

 

Saber leer y escribir en idioma nacional y estar en pleno ejercicio de los derechos políticos.

 

• Selección: Los ciudadanos se preseleccionan mediante un sorteo anual realizado a través del Instituto de Ayuda Financiera y Acción Social (IAFAS).

Temas:

JUDICIALES

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