Las declaraciones de la legisladora fueron difundidas a través de un comunicado oficial del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, en el que se expresa textualmente la posición de Laner sobre lo ocurrido en el ámbito legislativo.
Según explicó Laner, en los procesos de juicio político la mayoría política no reemplaza las normas vigentes, ya que el reglamento exige quórum para emitir dictámenes válidos. “Aunque tengamos mayoría, sin quórum no hay dictamen. Y el quórum se logra con presencia. El PJ decidió no estar y por eso el juicio político no avanzó”, sostuvo.
La diputada precisó además que, en la Comisión de Juicio Político, el quórum se alcanza con la presencia de la mayoría de sus integrantes y que la ausencia del bloque justicialista impidió sesionar válidamente y elevar el expediente al recinto.
“No existe la posibilidad de dictaminar solos. En un tema de esta gravedad institucional, el dictamen requiere quórum. El día que había que resolver, el PJ no fue”, remarcó.
Cuestionamientos al PJ
En el comunicado oficial, Laner cuestionó la postura del bloque justicialista, que reclamó públicamente más tiempo de debate mientras no asistía a las instancias formales donde ese debate debía darse.
“Hablan de evitar tratamientos exprés, pero no participan ni de la comisión ni de la sesión. El debate se da en los ámbitos institucionales, no desde la ausencia”, afirmó.
La diputada destacó que los bloques oficialistas y aliados cumplieron todas las etapas del proceso, analizando pruebas y escuchando los descargos correspondientes. Aclaró que no integra la Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político, aunque señaló que los diputados que no forman parte de ese cuerpo recibieron información permanente y detallada sobre cada paso del procedimiento.
Finalmente, Laner afirmó que "si hoy no hubo juicio político, no es por una decisión del oficialismo. Es porque el PJ se ausentó. Sin quórum no hay dictamen, y sin dictamen no hay tratamiento en el recinto”. La legisladora recordó además que el juicio político está expresamente regulado en la Constitución de Entre Ríos, en los artículos 138 a 154, y que el artículo 143 establece un plazo perentorio de 30 días para que la comisión concluya su labor.