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Por intimidación abren una investigación a un conocido dirigente del PRO

Desde la Justicia de Nogoyá abrieron una causa penal por la que se investigará a un conocido dirigente del PRO, Hernán Blazquez, por el presunto delito de instigación al falso testimonio y encubrimiento.

15 de Mayo de 2020

Todo se debe a que el 13 de marzo, se abrió un caso en la Unidad Fiscal de Nogoyá, a cargo del fiscal Federico Uriburu, tras la denuncia de dos mujeres que se sintieron intimadas por una publicación que realizó el dirigente en su blog, una plataforma en la que realiza puestas de opinión sobre políticos, judiciales y periodistas, entre otras cosas.

 

Además, la causa abierta a Blazquez deriva de otra causa más, en la que se investiga el supuesto desvío de ayuda social en la ciudad, que tuvo entre las denunciadas a la Jefa de Área de Limpieza del municipio de Nogoya, que falleció el pasado 12 de marzo.

 

La mujer había sido denunciada por una empleada del área que afirmó que “se quedaba con el sueldo de los empleados y que realizaba un uso indebido de ayuda social”. En los Tribunales, la denunciante contó que “todo comenzó cuando fue a cobrar su sueldo al Municipio y allí le comunicaron que alguien ya lo había percibido en su lugar”. Inmediatamente, denunció lo sucedido en la Fiscalía. Entonces se disparó una investigación penal sobre la administración del intendente Rafael Cavagna.

 

Luego del fallecimiento de la mujer denunciada, Blazquez publicó en su blog el nombre, el barrio y la foto de la denunciante, además de dar el nombre de una conocida cercana de ella. Allí, mencionó que habrían “armado la causa” y se refirió a ambas como “punteras del exdiputado provincial Daniel Koch”, hoy responsable de la delegación Entre Ríos de la Dirección Nacional de Vialidad.

 

Hasta el momento, se pudo saber que por la noche de este jueves, el dirigente del PRO fue notificado de la apertura de causa por la policía local, quienes lo buscaban hace ya un mes para informarle sobre su situación judicial

 

Precisamente, se le acusan los delitos de instigación al falso testimonio, tipificado en el artículo 275 del Código Penal, con una pena de 1 a 4 años de prisión, y encubrimiento, estipulado en el artículo 277, con una pena de 6 meses a 3 años de cárcel. Por lo que el dirigente deberá designar un abogado para su defensa.

Fuente: Entre Ríos Ahora

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JUDICIALES

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