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La Red de Organismos de Derechos Humanos pide que el Colegio de Abogacía evalúe los dichos del concejal Sastre

"Estamos frente al desconocimiento público de hechos investigados, probados y juzgados por la Justicia Federal argentina", señalaron ente la polémica generada por el edil concodiense, tras la restitución del cartel de la memoria.

25 de Agosto de 2026
La respuesta al concejal Sastre.
La respuesta al concejal Sastre.

Respuesta al concejal Sastre

 

 

Desde la Red de Organismos de Derechos Humanos de Entre Ríos (RODHER) se saló a repudiar "enérgicamente las expresiones públicas del concejal de Concordia y abogado Felipe Sastre, quien calificó de “mentiroso” el cartel que identifica al Regimiento de Caballería de Tanques 6 “Blandengues” como Sitio de Memoria y se refirió como “supuestos” a delitos de lesa humanidad cometidos en ese ámbito".

 

Negacionista

 

 

Según el espacio, "no estamos frente a una controversia historiográfica ni ante una legítima diferencia de opiniones. Estamos frente al desconocimiento público de hechos investigados, probados y juzgados por la Justicia Federal argentina".

 

En ese sentido citaron que en "la causa N.º 1.960/10, “Harguindeguy, Albano Eduardo y otros s/ inf. art. 151 y otros del C. Penal”, y sus acumuladas N.º 1.991/10, “Díaz Bessone, Ramón Genaro y otros s/ infrac. arts. 141 y otros del Código Penal”, y N.º 2.138/11, “Valentino, Juan Miguel y otros s/ inf. art. 141 y otros del C. Penal, la Justicia Federal reconstruyó el funcionamiento del aparato represivo en Concordia y la utilización del Regimiento como lugar de detención ilegal dentro de ese dispositivo".

 

La RODHER mencionó que "allí estuvo detenido Jorge Emilio Papetti, quien se encontraba cumpliendo el servicio militar obligatorio en el propio Regimiento. En base a los testimonios incorporados al debate pudo reconstruirse que, en marzo de 1977, fue detenido, sacado de formación y posteriormente desaparecido. El juicio también incorporó testimonios de sobrevivientes que fueron llevados al Regimiento y permanecieron detenidos sin registro, y la propia sentencia recoge declaraciones sobre interrogatorios y detenciones clandestinas en sus dependencias".

 

 

 

Siempre según el espacio, la prueba "incorporada al debate resulta todavía más contundente respecto de Papetti. Se incorporó documentación que daba cuenta de que estuvo detenido en la guardia de prevención por orden del jefe del Regimiento y de la intervención de personal militar en su posterior traslado. Asimismo, Jorge Martín Ramírez declaró haber sido llevado encapuchado a un lugar que luego supo que era el Regimiento, donde reconoció a Papetti entre las personas detenidas".

 

Respondiendo al edil concordiense, se argumenta que "no existe aquí ningún “relato” que pueda ser enfrentado a otro relato. Existen hechos, víctimas, testimonios, prueba y una verdad establecida judicialmente. Llamar “mentiroso” al cartel no contradice a los organismos de derechos humanos, sino que contradice la prueba producida ante la Justicia Federal y pretende convertir nuevamente en materia opinable aquello que fue objeto de juzgamiento".

Grave

 

 

Precisamente por ello, continúa el documento, "resulta especialmente grave que estas expresiones provengan no solamente de un concejal, investido de una responsabilidad institucional frente a la sociedad que representa, sino también de un abogado. Un profesional del derecho no puede desconocer livianamente el valor de las decisiones judiciales ni conferir apariencia jurídica a la relativización de hechos establecidos luego de procesos en los que existieron acusación, defensa, producción de prueba, testimonios y debate oral y público, sentencia, doble conforme y con firmeza de la CSJN".

 

Concejal Felipe Sastre
Concejal Felipe Sastre

 

 

En ese contexto, se recordó que los crímenes de lesa humanidad "no son una cuestión opinable. Frente a las graves violaciones a los derechos humanos, el Estado argentino asumió obligaciones jurídicas de investigar, juzgar, sancionar y reparar, pero también de garantizar el derecho a la verdad de las víctimas, sus familiares y de toda la sociedad. Esa obligación no concluye con la condena penal, sino que comprende preservar la memoria, restablecer la dignidad de las víctimas y adoptar garantías efectivas de no repetición".

 

Además, se detalló que los Sitios de Memoria y su señalización se inscriben "precisamente en esa dimensión colectiva de la reparación. Señalar los lugares vinculados al funcionamiento del aparato represivo, recordar a sus víctimas y transmitir a las nuevas generaciones qué ocurrió allí no constituye una apropiación partidaria de la historia".

 

Desde la Red se dejó en claro que "es una política pública de memoria, una forma de reparación simbólica y una garantía de no repetición. El “Nunca Más”. Por eso resulta inadmisible regresar, cincuenta años después del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, al terreno del “por algo será”, de los “supuestos” crímenes o de la sospecha sobre las víctimas. Los juicios de lesa humanidad permitieron recorrer exactamente el camino contrario, sacando a las víctimas de la estigmatización, recuperando sus historias y militancias, determinando judicialmente las responsabilidades y construyendo una verdad pública sobre el terrorismo de Estado".

 

Para el sector, "negar o relativizar hechos establecidos judicialmente no reabre un debate histórico, sino que erosiona una construcción alcanzada después de décadas de

impunidad y de lucha de sobrevivientes, familiares, Madres, Abuelas y organismos de derechos humanos".

 

 

Intervención

 

 

Por último, en el documento, se expresó que por "la particular gravedad de que estas manifestaciones hayan sido realizadas por un profesional de la abogacía, solicitamos públicamente la intervención del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), a fin de que analice la conducta del matriculado Felipe Sastre a la luz de las normas que regulan el ejercicio profesional y la ética de la abogacía y, de corresponder, adopte las medidas disciplinarias pertinentes".

 

Es que, se fundamentó, "ña abogacía no es ajena a la defensa del Estado de Derecho. Quienes ejercen el derecho tienen una responsabilidad especial frente a las decisiones judiciales, los derechos humanos y las instituciones democráticas. Utilizar la condición de abogado para conferir apariencia jurídica a la relativización de crímenes de lesa humanidad y de hechos establecidos judicialmente merece una respuesta institucional del organismo encargado de velar por la ética y el correcto

ejercicio profesional".

 

La RODHER reafirmó que "Memoria, Verdad y Justicia constituyen una política de Estado y una obligación jurídica, no una consigna disponible para las

mayorías circunstanciales ni una versión de la historia susceptible de ser reemplazada por opiniones personales".

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