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Rechazaron un pedido de reducción de pena para el condenado por un resonante caso de Concordia

La justicia y el gobierno rechazaron un pedido de fijación de pena formulado por Juan Carlos Acuña, condenado a perpetua por el femicidio de Josefina López, ocurrido en Concordia en el año 2015.

18 de Noviembre de 2023
Acuña había solicitado la fijación de una pena menor que la prisión perpetua.
Acuña había solicitado la fijación de una pena menor que la prisión perpetua.

El gobierno de Entre Ríos rechazó una presentación de Juan Carlos 'Víbora' Acuña, condenado en 2017 por el femicidio de la joven Josefina López, ocurrido en la localidad de Concordia. Acuña había solicitado la fijación de una pena menor que la prisión perpetua, argumentando que había cumplido con los requisitos legales y que había mostrado buena conducta en la cárcel.

 

Sin embargo, un informe Pronóstico del Consejo Correccional e Informe Técnico Criminológico de la Unidad Penal N° 1, concluyó de manera desfavorable a su pretensión. El trabajo fue determinante para que todos los estamentos intervinientes rechacen su solicitud. Así lo hizo la Procuración General, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) y, finalmente, el Ministerio de Gobierno y Justicia mediante el decreto N° 2333.

 

El citado informe sostiene que "el interno si bien ha logrado insertarse en espacios laborales y reducidamente en actividades educativas, se destaca a nivel subjetivo la imposibilidad de verse como responsable de sus actos, depositando en terceros la culpabilidad del delito y la falta de empatía para sopesar los daños ocasionados a otros".

 

Al tiempo que agrega que "continúan apreciándose indicadores de tendencia a establecer relaciones de poder y dominio sobre el otro, al cual ubica en un lugar de 'objeto' para adquirir su satisfacción personal, sin reflexionar acerca de las consecuencias de sus actos violentos".

 

El caso

 

Cabe señalar que Acuña fue condenado en julio de 2017 a prisión perpetua por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, integrado por los jueces Silvia Isabel Gallo, Edwin Ives Bastián y Martín Francisco Carbonell.

 

Los jueces lo encontraron responsable por el delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y femicidio, por el crimen de Josefina López de 17 años, ocurrido en julio de 2015. La chica desapareció de su hogar el 29 de julio de ese año y, luego de 27 días de búsqueda, el 23 de agosto, partes de su cadáver fueron halladas en un descampado ubicado en una zona conocida como el Naranjal de Pereda, al este de Concordia, cerca de la costa del río Uruguay.

 

La autopsia determinó que la adolescente murió como consecuencia de un fuerte golpe en la cabeza que le hizo estallar el cráneo, posiblemente provocado por una piedra que fue hallada junto a los restos humanos y que tenía restos de cabellos y de sangre de la víctima. Por el crimen fue detenido Acuña, quien entonces mantenía una relación con la tía materna de la joven.

 

El hombre actualmente tiene 53 años -fue condenado cuando tenía 47- y en el momento de los hechos era albañil, cosechero y conocido boxeador profesional de Concordia.

 

En su legajo también tiene otro antecedente judicial ya que fue condenado en 1998 por una violación en la localidad bonaerense de Baradero, provincia de Buenos Aires, de donde es oriundo. Tras cumplir la pena se fue a trabajar en quintas de Concordia y allí conoció a su pareja.

 

La resolución

 

Al resolver el rechazo a la solicitud de Acuña, el Ministerio de Gobierno y Justicia valoró el informe criminológico que desaconsejó el otorgamiento de la fijación de pena, por considerar que seguía presentando indicadores de riesgo de violencia y dominación sobre el otro.

 

La parte resolutiva, expresa que “la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, habiendo tomado conocimiento de lo resuelto por el Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia sobre el pedido de Fijación de Pena solicitado por el Señor Acuña, solicita se remitan las presentes para la continuidad del trámite, no existiendo consideraciones jurídicas de tipo legal-técnica que realizar; y que es una facultad privativa del Poder Ejecutivo Provincial, conmutar o indultar las penas impuestas de acuerdo a lo normado en el artículo 175º inciso Nº 4 de la Constitución de la Provincia; por ello; el Gobernador de la provincia, decreta: artículo 1°: Recházase la solicitud de Fijación de Pena formulada por el Señor Juan Carlos Acuña, quien actualmente se encuentra alojado en la Unidad Penal N° 1 de Paraná, acorde los considerandos de la presente", consignó Diario Uno.

Temas:

Judiciales;

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