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Negaron la apelación ante la Corte Suprema en un caso de corrupción de menores

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia denegó la concesión del recurso extraordinario a Javier Broggi, quien fuera condenado a 14 años de prisión por corrupción de menores.

3 de Agosto de 2019

Cabe recordar que en una sentencia de primera instancia, en diciembre de 2016, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, integrado por los jueces Alicia Vivian, Alberto Seró y Mariano Martínez, condenó a Javier Broggi a 14 años de prisión por el delito de corrupción de menores (en la modalidad de promoción) agravada por haberse cometido mediante engaños, en concurso real; por hechos ocurridos durante los años 2002 y 2003 en la localidad de Urdinarrain.

 

En ese marco su defensa había presentado un recurso extraordinario para ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El motivo de esa presentación defensiva fueron los cuestionamientos a las sentencias anteriores.

 

Sin embargo, la Sala N° 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), integrada por los vocales Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Angel Giorgio, resolvió denegar la concesión del recurso extraordinario federal en la causa caratulada: “B., J.A. -Corrupción de menores agravada en forma reiterada s/impugnación extraordinaria”, al expedirse sobre el planteo formulado por los abogados defensores de Javier Anibal Broggi de llevar la causa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

 

Los vocales, Carubia, Mizawak y Giorgio, que votaron en ese orden, se pronunciaron de este modo al rechazar la impugnación extraordinaria impulsada por Broggi, con patrocinio letrado de Rubén Gallardo e Ignacio Fernández, contra la resolución de la Cámara de Casación Penal de Paraná que no hizo lugar al recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú.

Temas:

JUDICIALES

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