

José Costa, coordinador de la Unidad Fiscal Concordia, explicó que “para dictar la prisión preventiva, los jueces deben valorar que existan elementos como para considerar la existencia del hecho y que el sospechoso tiene algo que ver, con pruebas que lo incriminan”.
En declaraciones a Diario Río Uruguay, el funcionario judicial recordó que para una medida de ese tipo, siempre “se tienen en cuanta la posibilidad de que pueda entorpecer la investigación o que se pueda fugar”.
“A mi criterio, en ese caso, están dados los dos supuestos, dado la existencia de varios testigos y el peligro de fuga está dado por la pena en expectativa, que es única y de prisión perpetua”, detalló.
Solo o acompañado
Consultado acerca de la posibilidad de que no fuera el único sospechoso de ser el autor de este crimen, Costa prefirió ser cauto y explicó que “no descartamos nada”.
“Se han levantado muchas pruebas, a las cuales peritar”, puntualizó. Subrayando la existencia de “videos, rastros levantados, ADN y celulares”.
Pena
Por último, el funcionario judicial ilustró que el delito que se le imputa a Castillo es “criminis causa” (agravado por la causa). Es decir, “cuando una persona mata a otra para procurar un robo y evitar que lo reconozcan, buscando su impunidad”, mencionó.
En ese contexto, la “pena es única, para homicidio calificado, y es reclusión perpetua”.