Luego de su promulgación oficial y su correspondiente publicación en el Boletín Oficial, quedó formalmente en vigencia la ordenanza que prohíbe y regula la cría, tenencia y explotación familiar de animales pecuarios —porcinos, ovinos, bovinos, caprinos y aves de corral— dentro de la planta urbana de la ciudad de Concordia.
La ordenanza había sido aprobada por el Concejo Deliberante durante el transcurso de 2025, pero sólo adquiere fuerza legal a partir de su publicación oficial por parte del Ejecutivo Municipal.
Con esta medida, la actividad pecuaria quedará exclusivamente permitida en el área suburbana, bajo estrictos criterios sanitarios y con controles regulares del Departamento de Veterinaria.
Lo que ya había adelantado Veterinaria Municipal
El director del Departamento de Veterinaria de la Municipalidad, médico veterinario Julio Gesualdi, había explicado a Diario Río Uruguay —antes de la promulgación— que la norma “es un paso más para encuadrar sanitariamente el registro y el control de las especies pecuarias en el casco urbano”.
En aquella entrevista, Sualdi remarcó que el programa municipal Concordia Sana viene reforzando el monitoreo sanitario desde 2024, con especial atención en las enfermedades zoonóticas, que pueden transmitirse de animales a humanos.
El funcionario había anticipado también que la ordenanza busca abordar problemáticas generadas por la cercanía de gallineros y criaderos familiares con viviendas linderas, especialmente en zonas densamente pobladas.
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Contenido central de la ordenanza
La normativa vigente establece que cualquier cría o tenencia de animales pecuarios dentro del casco urbano constituye una infracción, y emplaza al propietario o responsable a retirar los animales en un plazo de 72 horas.
En caso de incumplimiento o urgencia sanitaria, la Municipalidad podrá disponer el decomiso, el traslado, la faena sanitaria o, ante la presencia de enfermedades zoonóticas, la eutanasia con protocolos éticos específicos.
El régimen sancionatorio fija multas de 30 a 50 Juristas, además de los costos de traslado, mantenimiento y atención veterinaria, que quedarán a cargo del infractor. En casos de reincidencia reiterada, la ordenanza dispone que los animales no serán restituidos.
Gallineros, chancherías y riesgos sanitarios
En la nota que esye medio le realizó al funcionario, Gesualdi detalló que los gallineros domésticos dentro del ejido urbano representan una de las situaciones de mayor riesgo sanitario, debido a la acumulación y volatilización de materia fecal con altos niveles de nitrógeno.
Asimismo, advirtió sobre enfermedades como la influenza aviar y la enfermedad de Newcastle, lo que mantiene a Concordia bajo un “alerta sanitario muy estricto”.
La ordenanza también contempla a las chancherías familiares, que pueden generar microbasurales, proliferación de alimañas y faenas informales sin controles bromatológicos, todo lo cual compromete la salud comunitaria.
Concientización y control en marcha
Con la vigencia plena de la ordenanza, el Departamento de Veterinaria Municipal pondrá en marcha una campaña de sensibilización y comunicación destinada a las familias que posean criaderos o gallineros dentro del casco urbano.
El objetivo es acompañar la transición hacia la relocalización de estas actividades en zonas permitidas y bajo parámetros sanitarios definidos.
Según establece la propia norma, las multas recaudadas deberán destinarse a campañas de prevención, educación sanitaria y tenencia responsable, fortaleciendo las acciones del programa Concordia Sana.