Crueldad animal. De acuerdo con lo que pudo saber Diario Río Uruguay, el Juez de Paz de Oro Verde, Mariano Ramón Jurado, resolvió rechazar la acción de amparo promovida por la Asociación “Ecoguay” y la Agrupación Conciencia Animal de Entre Ríos contra la Municipalidad.
En dicha acción, la agrupación solicitaba “suspender la habilitación de un festival de jineteada y doma realizado en el predio multieventos” de la localidad. En cuanto a los motivos, las organizaciones denunciaban “actos de crueldad contra caballos e invocaban la violación de derechos constitucionales y tratados internacionales de protección animal”. Asimismo, reclamaban que los equinos fueran reconocidos como “sujetos de derecho”.
Sin embargo, el juez consideró que la demanda “no logró acreditar la existencia de maltrato ni de crueldad en el evento, destacando que la actividad se encuentra regulada y autorizada por la ley provincial N° 10.740 de Rescate, Protección y Promoción de la Cultura Tradicional Entrerriana, que establece requisitos de seguridad y control veterinario”. A su vez, remarcó que “los animales no han sido reconocidos legalmente como personas no humanas y que la modificación de ese estatus corresponde al ámbito legislativo, no judicial”.