Cronograma de pago
Este miércoles 1 de julio comenzará el pago de haberes y el 14 se abonará el aguinaldo a la administración pública.
Cronograma
El gobierno dio a conocer el cronograma de pagos de los haberes de junio y del Sueldo Anual Complementario (SAC) para activos y pasivos de la administración pública provincial, el cual se iniciará este miércoles 1 de julio y se extenderá hasta el 8 de julio. Mientras tanto, el aguinaldo se abonará a todos los tramos salariales el martes 14 de julio.
Este miércoles 1 de julio iniciará el cronograma de pagos para la administración pública provincial y se realizará de manera escalonada, de acuerdo con los tramos salariales establecidos.
El detalle del cronograma es el siguiente:
Miércoles 1 de julio: hasta 950.000 pesos.
Jueves 2 de julio: desde 950.001 hasta 1.240.000 pesos.
Viernes 3 de julio: desde 1.240.001 hasta 1.430.000 pesos.
Lunes 6 de julio (acreditación el sábado 4 de julio): desde 1.430.001 hasta 1.730.000 pesos.
Martes 7 de julio: desde 1.730.001 hasta 2.310.000 pesos.
Miércoles 8 de julio: superior a 2.310.001 pesos.
En tanto, el SAC se abonará a todos los tramos el martes 14 de julio.
Aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo, es un pago adicional al salario que reciben los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Equivale al 50% de la mayor remuneración mensual bruta percibida en cada semestre del año.
¿Cómo se calcula? El cálculo se realiza tomando la remuneración bruta más alta (el mejor sueldo) de los últimos seis meses y dividiéndola a la mitad.
Proporcionalidad: Si no se trabajó el semestre completo (ya sea por inicio reciente del contrato o finalización del mismo), el monto se calcula de forma proporcional a los meses efectivamente trabajados.
Conceptos incluidos: Para determinar el mejor sueldo, se computan los salarios básicos, horas extra y cualquier otra remuneración variable percibida, sin incluir descuentos por jubilación o obra social (es decir, sobre el monto bruto).
Fechas de pago
El Sueldo Anual Complementario se divide en dos cuotas anuales obligatorias:
Primera cuota: Vence el 30 de junio de cada año.
Segunda cuota: Vence el 18 de diciembre de cada año. (Las fechas límites están respaldadas por la legislación vigente y pueden tener una tolerancia legal de hasta cuatro días hábiles posteriores).