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Cresto presentó un proyecto que busca identificar los contenidos generados por IA en Entre Ríos

El diputado Enrique Cresto presentó un proyecto de ley para que en la provincia de Entre Ríos se identifique cuándo hay un contenido creado con inteligencia artificial. Todos los detalles.

26 de Julio de 2025
El proyecto propone una ley de identificación de contenido creado por IA.
El proyecto propone una ley de identificación de contenido creado por IA.

En el proyecto de ley, el diputado Enrique Cresto manifestó que “la inteligencia artificial (IA) se ha convertido en una herramienta cada vez más utilizada para generar contenidos digitales”.

 

No obstante, señaló que “si bien su desarrollo aporta enormes beneficios, también plantea riesgos importantes vinculados a la manipulación de información, la difusión de noticias falsas, la alteración de la realidad y la afectación de derechos fundamentales”.

 

Debido a esto, apuntó que “el proyecto propone que Entre Ríos sea pionera en Argentina en materia de regulación ética de los contenidos generados por IA, promoviendo el uso responsable de estas tecnologías, sin limitar la libertad de expresión, pero sí exigiendo transparencia y responsabilidad en su uso público”.

 

El proyecto

 

Entre otras cosas, el proyecto tiene como principal objetivo “establecer la obligación de identificar de manera clara, visible y verificable todo contenido digital total o parcialmente generado por IA, con el fin de proteger los derechos de los ciudadanos, promover la transparencia informativa y prevenir la manipulación o el engaño”.

 

En cuanto a los alcances, indica que considera “todo contenido audiovisual, gráfico, sonoro, textual o multimedia difundido por medios digitales, redes sociales, páginas web, medios de comunicación provinciales y plataformas digitales con sede o actividad en la provincia”. Así como también “contenidos generados mediante herramientas de inteligencia artificial, incluyendo imágenes sintéticas, videos manipulados, textos automatizados, voces clonadas y cualquier otro producto similar”.

 

Finalmente, establece las sanciones previstas para este tipo de cuestiones, como “multas a personas humanas entre 50.000 y 500.000 pesos” o a “personas jurídicas entre 500.000 y 5.000.000 pesos o hasta el 2% de la facturación bruta del año anterior”.

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