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Entre Ríos trabaja para adherirse a la actualización del protocolo ILE

Así lo adelantaron fuentes del Ministerio de Salud. Precisaron que la resolución de adhesión provincial debe incluir las modificaciones que se le realizaron al texto emanado de la cartera nacional que conduce González García.

13 de Diciembre de 2019
Entre Ríos busca adherirse al nuevo Protocolo ILE.
Entre Ríos busca adherirse al nuevo Protocolo ILE.

Entre Ríos adherirá a la actualización del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo.

 

Así lo adelantaron fuentes del Ministerio de Salud, a cargo de Sonia Velázquez, quienes confirmaron que se está trabajando en “aggionar” el texto entrerriano (mediante el que ya se habia adherido a la normativa nacional en 2017) de acuerdo a los postulados que incorporó la cartera nacional y que se hayan contenidos en la resolución 1/2019 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

 

Rápido

 

 

“La idea es adherirse lo más pronto posible”, se confió desde el Gobierno provincial. De esta manera, Entre Ríos se sumará al lote de nueve jurisdicciones que adhieren al marco legal nacional y que son Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Chaco; mientras que Formosa y San Juan no presentan adhesión oficial pero utilizan el protocolo nacional.

 

Cabe destacar que de acuerdo al texto actualizado, para acceder a la ILE las personas gestantes sólo deberán pedir la interrupción, dar su consentimiento informado y firmar una declaración jurada que afirme que su situación está entre los casos comprendidos por la ley.

 

En tanto, entre la solicitud de la ILE y la realización de la misma, no pueden pasar más de 10 días corridos.

 

“La decisión de quien pide el aborto es incuestionable y no debe ser sometida por parte de las/os profesionales de salud a juicios de valor derivados de sus consideraciones personales o religiosas”, añade el protocolo entre otros puntos.

 

Reconoce también el “derecho a ejercer la objeción de conciencia”, pero de manera individual y bajo ciertas condiciones, porque “no debe traducirse en obstrucción a la práctica contemplada en la normativa legal y de la que el Estado es responsable de garantizar”.

Fuente: APF

Temas:

Salud

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