El Concejo Deliberante de Concordia sancionó la Ordenanza Nº 38.790, mediante la cual se establece la creación de un Registro Turístico Municipal de Campamentos Habilitados, con el objetivo de regular la actividad de pernocte al aire libre y garantizar el uso adecuado de los espacios públicos.
La normativa apunta tanto a organizar la oferta turística vinculada a campamentos como a evitar la instalación de personas en lugares no permitidos dentro del ejido urbano, promoviendo la convivencia y condiciones sanitarias adecuadas.
Registro y promoción de campamentos habilitados
La ordenanza dispone la creación de un registro oficial para aquellos establecimientos que ofrezcan servicios de campamento, ya sea de manera permanente o transitoria, siempre que cumplan con la normativa vigente, incluyendo el Decreto Provincial Nº 3177/83.
Este registro será confeccionado por el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área de Turismo, con la posibilidad de articular acciones junto al Ente Mixto Concordiense de Turismo (EMCONTUR).
Además, se prevé la realización de campañas de difusión para dar a conocer los espacios habilitados y fomentar la regularización de aquellos que aún no cuentan con la correspondiente homologación.
Prohibiciones y control en espacios públicos
La ordenanza prohíbe expresamente acampar o pernoctar fuera de los lugares habilitados, así como instalarse de forma permanente o establecer residencia mediante carpas, casas rodantes, motorhomes u otros medios en la vía pública.
También se prohíbe el vertido de aguas grises, negras o residuales en espacios públicos, una medida orientada a preservar la higiene urbana y el ambiente.
Las disposiciones alcanzan tanto a vecinos de Concordia como a personas en tránsito o sin domicilio fijo en la ciudad.
Intervención y sanciones
La Subsecretaría de Seguridad será la autoridad de aplicación, con facultades para realizar controles, labrar actas y coordinar acciones con la Policía de Entre Ríos y otras áreas municipales.
En cuanto a las sanciones, se establece un apercibimiento en la primera infracción y multas en caso de reincidencia, las cuales ascienden a diez juristas.
Finalmente, el Departamento Ejecutivo deberá reforzar la señalización en espacios públicos para informar sobre las prohibiciones vigentes.