 
        
        
     
    
    
        Veda para la pesca de surubí. Quedan exceptuados de la obligación los pescadores artesanales que acrediten su condición de tales, cuyas capturas se destinen únicamente al consumo propio y a la venta al público. Marcelo Sapetti, director de la repartición citada, especificó que cualquier violación a la presente disposición dará lugar a las sanciones previstas en la Ley de Pesca Nº 4892.
Sumó que el objetivo es administrar y regularizar la actividad de la pesca deportiva, con el objeto de resguardar la especie en cuestión, de aquellos sistemas de captura inapropiados, que puedan poner en riesgo la existencia y sostenibilidad del mismo.
El dorado
En cuanto a la especie de dorado, Sapetti complementó al recordar que en Entre Ríos se la declaró por Ley como pez de interés turístico provincial y prohíbe su pesca comercial, acopio, venta, tenencia y tránsito en todo el territorio provincial.
No obstante, permite la pesca cuando se realice en forma deportiva y con devolución obligatoria, así como la que realicen los pobladores ribereños por cuenta propia para su alimentación y la de sus familias; y los pescadores artesanales para consumo familiar o venta directa al público, garantizando las medidas de resguardo de la especie.
Fiscalización
Las acciones de fiscalización se realizan en coordinación desde la policía entrerriana y el Ministerio de Desarrollo Económico. Por caso, este martes se concretó un operativo de control sobre la ruta 20 y la autovía nacional 18, donde se logró el decomiso de más de 400 kilos de pescado que era transportado ilegalmente.
 
 
					 
         
         
         
         
         
                
                
            
         
         
         
        