

El Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, reiteró que "está vigente el decreto 1033 hasta el 19 de enero, que establece el distanciamiento preventivo para Entre Ríos".
"El distanciamiento se fue flexibilizando, porque primero solo permitía la circulación dentro del departamento y estaban prohibidas las reuniones sociales; después se las permitieron en lugares públicos de hasta 100 personas y en espacios cerrados, hasta 20 personas; siempre manteniendo la distancia social y el uso de tapabocas en lugares compartidos”, explicó el funcionario.
Además, indicó que “se habilitó la circulación en toda la provincia e inclusive hacia otras provincias".
Relajamiento
Al apuntar a los "excesos" en ciudades como Paraná, Gualeguaychú y Pinamar, Rodríguez Signes reconoció que “se le exige a los policías, municipios y gobierno que controle más, pero es imposible".
"No existe la posibilidad de que el Estado esté presente en cada quinta, en cada playa, controlando que la gente no se junte porque es inviable", argumentó al remarcar que "hay que apelar a la responsabilidad individual".
Penas
Consultado al Fiscal de Estado por las penas que les cabrían a los organizadores de estos eventos clandestinos, comentó que "las sanciones son las que establece el Código Penal por la violación a las normas que nos protegen de la pandemia; la competencia es del Juzgado Federal y las denuncias están hechas".
"Y deberá haber sanciones de tipo administrativo porque cruzar a una isla con una embarcación significa cumplir con una serie de requisitos para poder navegar", estimó al respecto. Subrayando que “el problema es que con las sanciones no se logra nada porque el hecho ya se produjo, los contagios y las transmisiones perjudican a personas que no resiste inmunológicamente, perjudican la economía, el normal desenvolvimiento de las actividades”.