Política

La Libertad Avanza Concordia tiene fecha para resolver la judicializada elección interna

Se trata de la continuidad de los comicios anteriores, en los que se enfrentaron las listas encabezadas por Ignacio Cabrera y Eduardo Beswick, indefinidas por la nulidad de una mesa.

7 de Septiembre de 2026
Eduardo Beswick encabeza la Lista 2B.

Según se precisó a Diario Río Uruguay, La Libertad Avanza fijó para el próximo mes de octubre la realización de los comicios complementarios destinados a resolver la elección de autoridades de su Asamblea Departamental de Concordia, un proceso que quedó atravesado por un conflicto judicial tras las últimas elecciones internas del espacio.

 

La convocatoria tiene como objetivo completar una elección que no pudo quedar definitivamente resuelta luego de la nulidad de la mesa correspondiente a la elección departamental. Por ese motivo, la nueva instancia no constituye una interna completamente nueva, sino la continuación del proceso electoral original, de acuerdo con el cronograma establecido por la autoridad partidaria.

 

El antecedente se remonta a la interna en la que se enfrentaron dos propuestas: la Lista 2A, encabezada por Ignacio Cabrera, y la Lista 2B, encabezada por Eduardo Beswick. En aquella elección, Cabrera fue considerado ganador por 103 votos contra 71 de la lista de Beswick, aunque posteriormente el proceso fue llevado al ámbito judicial a partir de cuestionamientos sobre el desarrollo de los comicios.

 

 

Una interna que terminó en la Justicia

 

 

La controversia derivó finalmente en la nulidad de una mesa, situación que impidió considerar cerrado el proceso para la elección de las autoridades departamentales. La convocatoria ahora anunciada busca subsanar esa situación mediante una elección complementaria.

 

El cronograma establece expresamente que el nuevo comicio será tratado como una continuidad de la elección anterior. Por esa razón, no habrá una nueva etapa para presentar listas ni candidaturas y sólo podrán participar las propuestas que habían sido oportunamente oficializadas.

 

La Junta Electoral realizará entre el 19 y el 23 de septiembre el control de las listas que ya habían sido oficializadas. El reglamento establece que no podrán incorporarse nuevas listas ni realizarse sustituciones discrecionales de candidatos.

 

 

Sólo podrán modificarse las listas por bajas sobrevinientes

 

 

Hasta el viernes 25 de septiembre podrán presentarse adecuaciones cuando existan circunstancias sobrevinientes debidamente acreditadas, como renuncias, fallecimientos, incapacidades, inhabilidades, pérdida de la condición de afiliado u otras situaciones que impidan la participación de un candidato.

 

Los eventuales corrimientos deberán respetar el orden original de cada lista y las reglas de paridad y alternancia de género.

 

El sábado 26 de septiembre, la Junta Electoral deberá resolver la conformación definitiva de las listas y las adecuaciones que hayan sido solicitadas, además de oficializar las boletas y establecer la mesa, el lugar de votación, las autoridades de mesa y los delegados electorales.

 

 

El 3 de octubre será la nueva votación

 

 

La convocatoria establece que el sábado 3 de octubre se desarrollará finalmente el comicio complementario. El lugar y horario todavía deberán ser determinados por la autoridad electoral.

 

Los cargos que estarán en juego son un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, cuatro Vocales Titulares y cuatro Vocales Suplentes de la Asamblea Departamental Concordia.

 

Una vez finalizada la votación se realizará el escrutinio provisorio y se confeccionarán las actas y certificados correspondientes.

 

 

El cierre del proceso

 

 

Después de la elección habrá un plazo de 48 horas para presentar protestas y reclamaciones, que vencerá el lunes 5 de octubre, mientras que desde el martes 6 se desarrollará el escrutinio definitivo y se resolverán las eventuales impugnaciones.

 

Concluida esa instancia, se procederá a la proclamación de las autoridades electas, con lo que se buscará cerrar definitivamente el proceso que se inició con la interna partidaria y que posteriormente quedó judicializado.

 

De esta manera, la elección del 3 de octubre aparece como la instancia prevista para resolver la votación departamental que quedó pendiente, sin reabrir una competencia electoral desde cero y manteniendo como referencia las listas que participaron originalmente.

 

La organización del comicio se regirá por los artículos 30, 31, 32 y 35 de la Carta Orgánica partidaria y por los artículos 1, 4, 5, 6, 7 a 13 y 15 a 26 del Reglamento Electoral. De manera supletoria, se aplicará el Código Electoral Nacional en aquello que resulte compatible.