Empresas & Negocios

Agente oficial remarca que es derecho del comprador elegir el seguro para su vehículo 0 km financiado

Desde una firma local dedicada al rubro, subrayaron que los compradores “tienen la libertad total de tomar un seguro con quienes elijan” y no deben ser condicionados durante la transacción.

6 de Noviembre de 2025
Omar Gutierrez, Productor Asesor de Seguros y Agente Oficial de San Cristobal

De acuerdo con lo que precisó a Diario Río Uruguay el Productor Asesor Omar Gutierrez, Agente Oficial de la firma San Cristobal, la advertencia apunta “sobre todo a aquellos que actualmente están pagando un vehículo a través de Planes de Ahorro o Créditos otorgados por medio de las concesionarias”, así como también “a quienes están pagando un plan y aún no fueron adjudicados”.

 

Según indicó el profesional del rubro, los compradores “tienen la libertad total de tomar un seguro con quienes elijan” y es por eso que “los invitamos a ejercer su derecho”.

 

Al respecto, el representante de San Cristóbal Seguros detalló que “a través de la Resolución SSN N° 24/2023, publicada en el Boletín Oficial en 17/01/2023, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) determinó la libertad de elección para asegurados en los bienes adquiridos mediante planes de ahorro y créditos prendarios”.

 

Variedad de opciones

 

 

Dicho esto, remarcó que, a la hora de establecer este tipo de transacciones, será “obligatorio ofrecer una variedad de opciones de coberturas y aseguradoras, como así también garantizar que el asegurado pueda elegir con libertad quien lo asesorará en la contratación del seguro”.

 

No obstante, explicó que “la SSN ha identificado ciertas particularidades en torno a la operatoria de estos seguros, tanto en la celebración del contrato como en la intermediación”.

 

Además, esto se suma a “las consultas y denuncias recibidas, en que se determinó la necesidad de establecer una reglamentación adecuada”.

 

 

Principales medidas

 

 

Entre las principales medidas que determina la norma durante el supuesto de contratación de seguros, destacaron que “el acreedor podrá establecer la cobertura mínima y deberá ofrecer un listado de al menos cinco compañías aseguradoras”.

 

Asimismo, Gutierrez apuntó que “los seguros accesorios a créditos prendarios y/o planes de capitalización y ahorro podrán comercializarse de manera directa por las aseguradoras o bien a través de los productores asesores de seguros, sociedades de productores asesores de seguros o agentes institorios autorizados”.

 

Finalmente, agregó que “el premio del seguro accesorio a créditos prendarios y/o planes de capitalización y ahorro deberá ser el mismo que la compañía elegida perciba por operaciones con particulares según las mismas condiciones, plazos y riesgos cubiertos”.

 

 

Libre contratación

 

 

Por último, recordó que “una de las principales funciones del organismo es propiciar la libre contratación de seguros”, así como también “velar por el equilibrio entre los actores del sector asegurador y ofrecer un marco legal que respete los derechos de los asegurados”.

 

Por tal motivo, es que “la SSN considera que la presente medida propicia el uso de las buenas prácticas, en beneficio y promoción de la transparencia en la concertación del contrato de seguro, el asesoramiento y un mejor proceso de comercialización”.